DIRECCIÓN OPERATIVA DE REGISTRO DE OBRAS |
INSTRUCTIVO PARA PLANO �NICO |
I_ DE LA FORMA.
Requisitos exigidos para la documentaci�n, a presentar:II_ DE LA LIQUIDACION DE DERECHOS DELINEACION Y CONSTRUCCION E INSTALACIONES.
A los efectos de proceder a las correspondientes liquidaciones de derechos, la Direcci�n Operativa de Verificaciones y Liquidaciones, solicitara:III_ DE LAS INSTALACIONES.
Los proyectos de instalaciones a efectos de ser registrados, deber�n contener requisitos excluyentes, para la viabilidad de los mismos.IV_ DE LAS OBRAS.
Son requisitos esenciales para la procedencia y viabilidad del proyecto:V_ DE LAS PENALIDADES.
Los profesionales que se encuentren a cargo de las obras y/o instalaciones presentadas en el marco del plano �nico, deber�n velar por el estricto cumplimiento de la normativa vigente en la materia, que por su arte y profesi�n no pueden desconocer. La contravenci�n a las normas contenidas en los c�digos de Planeamiento Urbano, Edificaci�n y normas complementarias implicara la aplicaci�n de las sanciones previstas en el Capitulo 2.4 "De las penalidades", del C�digo de la Edificaci�n. Los propietarios, quienes asumen solidariamente la responsabilidad con los profesionales actuantes, en caso de detectarse una contravenci�n, pueden ser pasibles de las penalidades establecidas en el Art. 2.4.3.2 "Aplicaci�n de multas", 2.4.5 "paralizaci�n y/o clausura de la obra", 2.4.3.4 "Aplicaci�n de clausura".